PROHIBICIÓN DE USO DEL FILTRO SOLAR 3-BENCILIDENO ALCANFOR.
Miércoles, 05/08/2015
GUINAMA en su labor de información y prevención, les comunica un nuevo Reglamento Europeo que prohíbe el uso del filtro solar 3-bencilideno alcanfor.
Son decisiones recogidas en el REGLAMENTO (UE) 2015/1298 DE LA COMISIÓN de 28 de julio de 2015 por el que se modifican los anexos II y VI del Reglamento (CE) no1223/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre los productos cosméticos (Texto pertinente a efectos del EEE).
En la actualidad, la sustancia 3-bencilideno alcanfor está autorizada en los productos cosméticos para su uso como filtro ultravioleta, con una concentración regulada. Sin embargo, en su dictamen de 18 de junio de 2013, el Comité Científico de Seguridad de los Consumidores (CCSC) concluyó que, debido a un margen de seguridad inferior a 100, no se considera seguro el uso como filtro ultravioleta en los productos cosméticos de 3-bencilideno alcanfor con una concentración máxima del 2.0%.
Es por ello, y con el único fin de garantizar la seguridad de los productos de protección solar para la salud humana, que es necesario eliminar la sustancia
3-bencilideno alcanfor de la lista de los filtros ultravioleta admitidos en los productos cosméticos que figura en el anexo VI del Reglamento (CE) no 1223/2009.
Teniendo en cuenta que dicha sustancia no solo se conoce como filtroultravioleta, sino también como absorbente de rayosultravioletas, debe prohibirse su uso en los productos cosméticos.
El presente reglamento entrará en vigor a los veinte días de la publicación en el Diario Oficial de la unión Europea, estableciéndose un plazo de 6 meses para las pertinentes modificaciones.
Por ello a partir del 18-febrero 2016 únicamente podrán introducirse y comercializarse en el mercado de la Unión Europea los productos cosméticos que cumplan con el Reglamento.
Aquí puedes visualizar el reglamento publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea.
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